TEPJF confirma amonestación a Gabino Cué y Eviel Pérez

- Mar 3, 2011

>México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó una amonestación pública a los entonces candidatos al gobierno de Oaxaca, Gabino Cué, de la coalición "Unidos por la Paz y el Progreso", y Eviel Pérez, de la coalición "Por la transformación de Oaxaca".

Además, en la sesión de este miércoles, el TEPJF determinó que la coalición "Guerrero nos Une" (PRD, PT y Convergencia) cometió actos anticipados de campaña al colocar espectaculares con la frase: "En Guerrero la coalición nos une".

Por mayoría de votos, los magistrados electorales ordenaron al Instituto Electoral del Estado de Guerrero (IEEG) emita una nueva resolución en la que imponga las sanciones correspondientes e informe a esta Sala dentro de las siguientes 24 horas del cumplimiento a dicha ejecutoria.

La magistrada presidenta de la Sala Superior, María del Carmen Alanís, ponente del proyecto, consideró que el contenido de los anuncios se encontraba encaminado a posicionar a la coalición "Guerrero Nos Une" en el proceso electoral para renovar al gobernador de esa entidad federativa. Agregó que los espectaculares incluyen referencias expresas y notorias de la figura jurídica de dicha coalición.

Los magistrados Manuel González Oropeza y Flavio Galván Rivera coincidieron en que las coaliciones siempre tienen connotación de propaganda electoral, además de que el juego de palabras y la fecha en que se colocaron estos espectaculares dejan claramente ver que hubo actos anticipados de campaña.

El magistrado Alejandro Luna Ramos se pronunció en contra del proyecto cuando sostuvo que los espectaculares con el contenido "En Guerrero la coalición nos une" tienen como objetivo hacer un llamado a que se afilien al Partido de la Revolución Democrática (PRD) y no a realizar promoción electoral.

En la sesión, el TEPJF confirmó dos resoluciones del Consejo General del Instituto Federal Electoral, en el que se amonestó públicamente a Cué Monteagudo, entonces candidato a la gubernatura de Oaxaca por la coalición "Unidos por la Paz y el Progreso" (PAN, PRD, PT, Convergencia), y a Eviel Pérez Magaña, ex candidato por la coalición "Por la Transformación de Oaxaca" (PRI, PVEM), por la promoción electoral a través de la difusión y contratación de tiempos en televisión.

La Sala Superior determinó que el material objeto del procedimiento sancionador influyó en las preferencias electorales de los ciudadanos de Oaxaca, además de que se transmitió al margen de las pautas ordenadas por el Instituto Federal Electoral y se difundió fuera del espacio noticioso y dentro de un bloque de comerciales.

El Consejo General del IFE impuso las sanciones impugnadas después de analizar el material denunciado y teniendo en cuenta la libertad de expresión e información que tienen las actoras para difundir hechos relevantes y no como lo sostienen los inconformes mediante la imposición de un formato que deba seguir la empresa denunciada con base en determinadas características de la información difundida.

 

 
 

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