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La reforma electoral recién aprobada por diputados establece también como causas de nulidad recibir dinero de procedencia dudosa y violar la publicidad en medios de comunicación regulados.
Tepic.- La incorporación de un sistema de nulidad de elecciones locales por violaciones graves, dolosas o determinantes es uno más de los puntos centrales de la reforma político-electoral aprobada por la Cámara de Diputados de Nayarit, sistema que busca inhibir conductas que puedan influir en los resultados electorales, afectando el sistema democrático.
Esto se incluyó, derivado de la armonización constitucional llevada a cabo a nivel nacional, considerando que antes no había claridad en cuanto a la regulación de dichas conductas ahora ilegales.
Este sistema señala la obligación de fijar las causas de nulidad de las elecciones de gobernador, diputados locales y ayuntamientos en tres rubros:
- Exceder los gasto de campaña en un cinco por ciento del monto total autorizado.
- Que se compre cobertura informativa o tiempos en radio y televisión fuera de lo que establece la ley
- Que se reciban o utilicen recursos de procedencia ilícita o recursos públicos en las campañas.
En el tema de nulidad de la elección, de presentarse el caso se convocará a una elección extraordinaria en la que no podrá participar la persona sancionada.
Esta determinación legislativa se argumenta en lo que señala en la fracción VI del artículo 41 de la Constitución Federal en la que se incorporan causales de nulidad de las elecciones, tanto federales como locales por violaciones graves, dolosas y determinantes.
Es importante mencionar que las leyes correspondientes tipificarán los delitos en materia electoral y determinarán las sanciones que por ellos se impongan.





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